En días pasados la Asamblea Nacional Constituyente aprobó un nuevo Código Orgánico Tributario, Ley de Aduanas y Ley de IVA, publicados en fecha 29 de Enero de 2020, en Gaceta Oficial extraordinaria 6507 y con vigencia a partir del 30 de marzo del presente año.
Ante esta situación es necesario primeramente tener en cuenta las irregularidades que se cometieron para la aprobación de dichas leyes. Por una parte, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) es un órgano creado con la finalidad de redactar y debatir una nueva constitución para la nación. El órgano encargado de legislar es la Asamblea Nacional, de acuerdo a lo expresado en el Artículo 187 de la Constitución Nacional vigente. Sin embargo, la ANC asumió competencias de la Asamblea Nacional en el año 2017 por disposición gubernamental, hecho que no ha sido reconocido por gran parte de la comunidad internacional.
Por otro lado, para reformar cualquier Ley, es necesario la consulta y debate. En este proceso participan distintos sectores de la población, tales como federaciones, colegios, empresarios, cámaras, entre otros. Este debate como mecanismo de participación ciudadana, da lugar a la posterior redacción del texto oficial. En este caso, se omitió totalmente este proceso.
En relación a la Ley de IVA, el articulo 26 señala que:
"La alícuota impositiva general aplicable a la base imponible correspondiente podrá ser modificada por el Ejecutivo Nacional y estará comprendida entre un límite mínimo de ocho por ciento (8%) y un máximo de dieciséis y medio por ciento (16,5%)".
Posteriormente, este mismo artículo estipula una ALÍCUOTA ADICIONAL entre un limite mínimo de 5% y máximo de 25% aplicado a los bienes y prestaciones de servicios que sean pagados en moneda extranjera, criptomoneda o criptoactivo distintos a los "emitidos y respaldados por la República Bolivariana de Venezuela", es decir, el hecho de pagar con una criptomoneda distinta al Petro será objeto de la aplicación de esta alícuota adicional, hecho ademas que se recalca en el numeral 1 del articulo 62 de la misma Ley de IVA. Está por definirse cual será el porcentaje aplicado en el rango que establece esta Ley, lo cual será fijado por el Ejecutivo Nacional mediante Decreto.
Contrario a lo expresado por la Asociación Nacional de Criptomonedas en su comunicado difundido a través de su cuenta en Twitter, esta Ley si expresa claramente que se trata de una alícuota ADICIONAL al impuesto actual de 16%, sin que haya certeza de que este último no será modificado.
De ninguna manera se habla de la posibilidad de un "impuesto preferencial" para el pago en criptomonedas distintas al Petro, basta leer los dos artículos señalados anteriormente para entenderlo. Es decir, efectivamente es un sobre impuesto aplicado de la misma forma que el consumo suntuario. Entonces, ¿Usar criptomonedas constituye un lujo para los venezolanos?
Esta situación lejos de favorecer la denominada "Criptonación" pone trabas a la adopción de las distintas criptomonedas en el día a día de los venezolanos, pues lo expresado refleja en pocas palabras que pagar con criptomonedas hará mas costoso el producto o servicio que se pretenda adquirir. Aunado a esto, por parte de los comerciantes se acrecientan las dudas con respecto a la aceptación de estas por falta de información, ¿Como me afecta esto en mi estructura de costos?, ¿Realmente me beneficia en algo recibir criptomonedas?, ¿Como haré mis declaraciones?.
Resulta evidente que el gobierno nacional busca obligar a los ciudadanos a refugiarse en el Petro, imponiendo su uso a través de leyes, reglamentos, pago de tasas, impuestos y aranceles, e inclusive trámites de identificación, pero sin que haya información suficiente hasta el momento sobre sus formas de uso, aceptación y demás factores necesarios para crear confianza suficiente sobre este sistema. Estas acciones se toman ya que no es un secreto que la hiperinflación ha dejado a la moneda nacional (El Bolívar) a un lado y con esto, se han dejado de percibir grandes cantidades de dinero en recaudación de impuestos.
Hacer de Venezuela una "Criptonación" debe enfocarse en buscar las estrategias adecuadas para crear confianza, educar e informar sobre su uso y manejo, crear un ecosistema en el que los ciudadanos se adapten a esta herramienta innovadora y su usabilidad este presente en el día a día. Por el contrario, hacer ver el uso de cualquier criptomoneda distinta a el Petro como "un lujo" aleja a los venezolanos de querer conocer sobre estas. Se trata entonces de buscar la convivencia de las distintas criptomonedas en conjunto con el Petro, dejar de tratar de que este funcione por imposición de leyes y reglamentos, que solo ocasionaran una evasión fiscal mas severa que la que se vive actualmente.
La entrada en vigencia de esta Ley, será a partir del 30 de marzo. Pero en el caso de esta alícuota adicional, habrá que esperar el decreto del Ejecutivo Nacional donde se defina el porcentaje a aplicar. A partir de ese momento habrá un plazo de 30 días para comenzar su aplicación.