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@LeoPardo

¿Quién cuida de los hijos? #AlertadeDebate Casi siempre, cuando hay una separación en un matrimonio que tiene hijos en común, estos quedan a la guarda y cuidado de la madre. Más allá del derecho que legalmente asiste a ambos progenitores, la realidad inclina la balanza, desproporcionadamente, hacia el lado materno. Las madres sienten que tienen la prioridad cuando se trata el tema del cuidado y crianza de los hijos menores. Ese sentimiento sin dudas comienza a formarse tempranamente, desde el período de gestación. Más tarde, después del nacimiento, se afianza mientras la lactancia materna se convierte en la fuente única de alimentación del recién nacido. Llegado a este punto, es justo señalar, que son solo la maternidad y la lactancia las únicas funciones exclusivas, por naturaleza, de las madres. Todas las demás tareas, que ellas con placer y/o resignación asumen, pueden ser ejecutadas también por los padres. Sabemos, que en la mayoría de los casos, las madres no confían en las habilidades masculinas cuando de la atención de los hijos se trata. Ellas prefieren tomar las riendas del asunto para asegurarse de que todo se está haciendo de forma correcta. La alimentación, el aseo, el cuidado de la salud, el acompañamiento en la etapa escolar; son tareas que en contadas ocasiones las madres ceden a la parte masculina del matrimonio. En esto influyen, los patrones heredados durante siglos, del modelo establecido de organización de la familia. Por otro lado, están las exigencias sociales que fuerzan a la madre para que cumpla su rol de cuidadora. Nuestra sociedad no ve con buenos ojos a las madres que dejan a sus hijos menores, después de una separación, al cuidado de los padres. Solo en casos extremos se justifica el alejamiento madre –hijos. Por su parte, los padres acatan sin muchos titubeos, los patrones instituidos. Este conveniente estado de cosas, les ofrece ventajas que garantizan una mayor libertad en el plano profesional y sentimental. Esta debe ser una razón de peso, por la cual, no encontramos demasiados reclamos, por parte de los padres, para quedarse a cargo de la guarda de los pequeños, tras la ruptura de la pareja. Es necesario también cambiar la mirada, que desde las instituciones, se presta al asunto. Garantizar el derecho de acogerse al periodo de paternidad, con las mismas garantías salariales que tienen las madres trabajadoras después del parto, pudiera ser un paso importante. Claro que instituir este derecho en ley no garantiza un cambio en la mentalidad y el accionar de las personas. En países, como el mío, donde esto es posible, la realidad demuestra, que en un por ciento insignificante, se hace uso del mismo. ¿Cuántos empleadores permitirían la ausencia de un padre al trabajo por problemas de salud de un hijo? Cuando es la madre la implicada se suele ser más tolerantes. Nuevamente, esta forma de abordar la situación pasa por un tamiz de arraigado machismo y conveniencia que considera que el lugar de la mujer está en la casa cuidando de esta y de los hijos. Como pueden ver, el asunto presenta varias aristas cuando decidimos hacer un análisis. Hay que tener en cuenta la posición que adoptan las madres, los padres, la sociedad, las instituciones y alguna otra que queda fuera, de este, mi criterio personal. No me siento capacitado para agotar el tema, pues no soy especialista en la materia, pero aun así, pienso que es algo de lo que debemos hablar más abiertamente y analizarle todos sus entresijos para dar pasos en dirección de cambiar los estereotipos que nosotros mismos contribuimos a sostener. Lamentando que el debate se ha vuelto escurridizo entre las publicaciones de este canal #DeCalidad, y en aras de motivarlo un poco, los invito a dejar sus opiniones en los comentarios de este post. Estoy convencido de que sus criterios enriquecerán estas reflexiones que sobre el tema les he compartido. Miércoles, 6 de julio de 2022.

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